¿Se puede supervisar dos obras a la vez? [Perú]
En primer lugar es necesario aclarar que esta entrada se basa normativa peruana, específicamente en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado N° 30225 aprobado por Decreto Supremo Nº 350-2015-EF (vigente desde el 09 de enero de 2016) y modificado por Decreto Supremo N° 056-2017-EF (vigente desde el 03 de abril de 2017). DEROGADO mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF.
En ese sentido, solo aplica para la gestión de obras públicas del país de Perú. Hecha la aclaración se procede a responder una pregunta muy común en la ejecución de obras: ¿Se puede supervisar dos obras a la vez?
Rpta: NO
En ese sentido, solo aplica para la gestión de obras públicas del país de Perú. Hecha la aclaración se procede a responder una pregunta muy común en la ejecución de obras: ¿Se puede supervisar dos obras a la vez?
Rpta: NO
Aclaración:
El Artículo 159.- Inspector o Supervisor de Obra del Decreto Supremo N° 056-2017-EF, vigente desde el 03 de abril de 2017, el cual modificó el Reglamento de la Ley N° 30225, establece:
"[...]
159.1. Durante la ejecución de la obra, debe contarse,
de modo permanente y directo, con un inspector o con
un supervisor, según corresponda. Queda prohibida la
existencia de ambos en una misma obra. El inspector
es un profesional, funcionario o servidor de la Entidad,
expresamente designado por esta, mientras que el
supervisor es una persona natural o jurídica especialmente
contratada para dicho fin.[...]
[...]
159.3. El supervisor de obra, cuando es persona
natural, o el jefe de supervisión, en caso el supervisor sea
persona jurídica, no podrá prestar servicios en más de una
obra a la vez, salvo lo previsto en el siguiente numeral.
159.4. En el caso de obras convocadas por paquete,
la participación permanente, directa y exclusiva del
inspector o supervisor es definida en los documentos
del procedimiento de selección por la Entidad, bajo
responsabilidad, teniendo en consideración la complejidad
y magnitud de las obras a ejecutar.
[...]" (El resaltado es nuestro)
Al respecto, de lo citado se puede concluir que un profesional que cumpla la función de supervisor de obra, no puede supervisar dos obras a la vez, salvo que se trate de la supervisión de obras convocadas por paquete.
¿Se puede supervisar dos obras a la vez? [Perú]
Reviewed by Admin_William
on
8:25 p.m.
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